Acuerdo Ministerial 1404 Ecuador: Exámenes Médicos Ocupacionales y Salud en el Trabajo 2026
Publicado: 2 de mayo de 2026

El Acuerdo Ministerial 1404 es la norma técnica que define qué exámenes médicos debe realizar su empresa, con qué frecuencia y bajo qué estándares. Es el complemento operativo del Decreto Ejecutivo 255 en materia de salud ocupacional. Mientras el Decreto 255 establece la obligación general de vigilar la salud de los trabajadores, el AM 1404 detalla exactamente cómo hacerlo.
Si su empresa realiza exámenes médicos ocupacionales sin conocer lo que dispone el AM 1404, está operando a ciegas. Un inspector del Ministerio del Trabajo no le preguntará si su médico es bueno: le preguntará si sus procedimientos se ajustan a la norma técnica vigente. Esta guía explica todo lo que necesita saber sobre el Acuerdo Ministerial 1404.
¿Qué es el Acuerdo Ministerial 1404?
El Acuerdo Ministerial 1404 —formalmente «Norma Técnica para la Evaluación Médica Ocupacional»— es un instrumento normativo emitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP) que estandariza los procedimientos de evaluación médica ocupacional en todo el territorio ecuatoriano. Fue publicado como desarrollo reglamentario y complemento técnico del Decreto Ejecutivo 255 y de la Decisión 584 de la Comunidad Andina.
El AM 1404 aborda aspectos que el Decreto 255 menciona de forma general pero no detalla: los tipos específicos de exámenes para cada riesgo, la periodicidad recomendada, el contenido mínimo de la historia clínica ocupacional, el formato del FEMO, los perfiles de riesgo por actividad económica y los criterios de aptitud laboral. Es, en esencia, el manual operativo que todo médico ocupacional y todo responsable de SST deben conocer.
Contexto y alcance del AM 1404
El AM 1404 fue expedido en el contexto de la reforma integral del sistema de seguridad y salud en el trabajo ecuatoriano, que incluyó la promulgación del Decreto 255 y la actualización de la plataforma SUT. Su alcance es nacional y obligatorio para:
- Empleadores del sector público y privado que contraten trabajadores bajo relación de dependencia.
- Médicos ocupacionales que realizan evaluaciones médicas laborales, tanto de planta como externos.
- Empresas prestadoras de servicios de salud ocupacional que operan como proveedores externos de medicina del trabajo.
- Laboratorios clínicos y centros de diagnóstico que realizan los exámenes complementarios ordenados en las evaluaciones ocupacionales.
Puntos clave del Acuerdo Ministerial 1404
A continuación, los contenidos más relevantes que toda empresa debe conocer:
1. Tipos de exámenes médicos ocupacionales
El AM 1404 clasifica y detalla los cuatro tipos de exámenes que ya menciona el Decreto 255, pero añade especificaciones técnicas:
- Examen de ingreso (pre-ocupacional): Debe realizarse antes de que el trabajador inicie sus labores. No es un chequeo genérico: debe estar orientado a los riesgos específicos del puesto que ocupará, según el profesiograma.
- Examen periódico (de seguimiento): La periodicidad se determina en función del tipo y la intensidad del riesgo. El AM 1404 establece frecuencias recomendadas: anual para riesgos altos (ruido >85 dB(A), agentes químicos con efectos acumulativos), bianual para riesgos moderados, y según criterio médico para riesgos bajos.
- Examen de reintegro: Obligatorio tras ausencias superiores a 30 días por enfermedad o accidente, antes de que el trabajador retome sus funciones.
- Examen de retiro (egreso): Debe realizarse dentro de los 15 días posteriores a la terminación de la relación laboral. Su omisión es una de las faltas más comunes detectadas en inspecciones.
2. Periodicidad de los exámenes según nivel de riesgo
El AM 1404 vincula la periodicidad de los exámenes con el nivel de riesgo del puesto, definido en la matriz de riesgos:
| Nivel de riesgo | Periodicidad del examen | Ejemplos de exposición |
|---|---|---|
| Alto | Anual | Ruido >85 dB(A), agentes químicos carcinógenos, radiaciones ionizantes, trabajo en altura |
| Moderado | Bianual | Ruido 80-85 dB(A), movimientos repetitivos, posturas forzadas, agentes químicos de toxicidad moderada |
| Bajo | Según criterio médico | Trabajo administrativo sin exposición a riesgos significativos |
3. Perfiles de riesgo por actividad económica
El AM 1404 introduce la obligación de definir perfiles de riesgo por actividad económica, vinculados al código CIIU de la empresa. Esto significa que no todos los sectores tienen las mismas exigencias: una empresa minera requiere exámenes distintos y más frecuentes que una empresa de servicios profesionales.
Los perfiles de riesgo determinan qué exámenes son obligatorios por defecto para cada sector, independientemente de lo que diga el profesiograma. Si el CIIU de su empresa corresponde a un sector de riesgo alto, ciertos exámenes son ineludibles.
4. Contenido mínimo de la historia clínica ocupacional
El AM 1404 define qué información debe contener la historia clínica ocupacional de cada trabajador. No basta con archivar los FEMO: la historia clínica debe integrar:
- Datos de filiación del trabajador y la empresa
- Antecedentes médicos personales, familiares y laborales
- Resultados de todos los exámenes ocupacionales realizados (ingreso, periódicos, reintegro, retiro)
- Resultados de exámenes complementarios (audiometrías, espirometrías, laboratorio, radiografías)
- Diagnósticos y calificación de aptitud
- Recomendaciones médicas y restricciones laborales
- Registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
La historia clínica ocupacional debe conservarse por un mínimo de 20 años y es un documento confidencial sujeto a la Ley de Protección de Datos Personales.
5. El FEMO como formato oficial
El AM 1404 oficializó el FEMO (Formulario de Evaluación Médica Ocupacional) como el formato estandarizado para registrar cada examen médico laboral. Antes del AM 1404, cada médico o empresa utilizaba formatos propios, lo que dificultaba la vigilancia epidemiológica unificada. Con el AM 1404, todos los exámenes ocupacionales en Ecuador deben registrarse en el formato FEMO oficial.
¿A quién obliga el Acuerdo Ministerial 1404?
El AM 1404 obliga a toda empresa que cuente con servicio médico propio o contratado para la realización de exámenes ocupacionales. Si su empresa tiene al menos un trabajador y está obligada por el Decreto 255 a realizar vigilancia de la salud, entonces está obligada a cumplir con el AM 1404.
La obligación se extiende también a los profesionales de la salud que realizan las evaluaciones: un médico que realice exámenes ocupacionales sin ajustarse a los lineamientos del AM 1404 está ejerciendo por fuera de la norma técnica vigente, lo que puede derivar en sanciones administrativas ante el MSP.
Relación del AM 1404 con el Decreto 255 y el Código del Trabajo
Para entender el lugar del AM 1404 en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, conviene visualizar la jerarquía normativa en materia de salud ocupacional:
- Código del Trabajo (Arts. 410–434): Establece la obligación general del empleador de proteger la salud de los trabajadores y de adoptar medidas de prevención. Es la norma de mayor jerarquía en el ámbito laboral.
- Decreto Ejecutivo 255 (Reglamento de SST): Desarrolla reglamentariamente las obligaciones del Código del Trabajo. Define el SG-SST, las responsabilidades de los actores y los programas obligatorios.
- Acuerdo Ministerial 1404 (Norma Técnica MSP): Detalla la ejecución operativa de las obligaciones del Decreto 255 en el componente de salud. Define cómo se hacen los exámenes, qué contienen y con qué criterios se interpretan.
- Resolución CD 513 del IESS (Reglamento del SGRT): Complementa desde la seguridad social, definiendo el procedimiento de calificación de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
El AM 1404 no reemplaza al Decreto 255: lo complementa. Ignorar cualquiera de los dos es una brecha legal.
Implicaciones prácticas para su empresa
¿Qué significa el AM 1404 en el día a día de su empresa? Estas son las implicaciones operativas más relevantes:
- No puede elegir cualquier médico: El profesional que realice los exámenes ocupacionales de su empresa debe conocer y aplicar el AM 1404. Contratar un médico sin experiencia en salud ocupacional es un riesgo legal.
- No puede improvisar la periodicidad: La frecuencia de los exámenes no es una decisión arbitraria de la gerencia ni del médico: debe ajustarse a los criterios de riesgo definidos en la norma.
- No puede usar formatos propios: Desde la vigencia del AM 1404, el FEMO es el único formato aceptado. Si su empresa sigue usando formularios antiguos o formatos «caseros», está incumpliendo.
- Debe conservar los registros: La historia clínica ocupacional debe archivarse durante al menos 20 años. Si su empresa no tiene un sistema de archivo que garantice la conservación por ese plazo, tiene una brecha que corregir.
- Debe reportar al SUT: Los datos de los exámenes ocupacionales no se quedan en el archivo de la empresa: deben alimentar los indicadores que se reportan en la plataforma SUT del MDT.
¿Qué sucede si su empresa no cumple con el AM 1404?
El incumplimiento del AM 1404 no se sanciona de forma aislada sino como parte del incumplimiento del Decreto 255 y del Código del Trabajo. Las consecuencias incluyen:
- Multas de hasta 20 SBU (aproximadamente $9,640 USD en 2026 con SBU de $482) por infracciones graves en materia de vigilancia de la salud.
- Suspensión de actividades en caso de riesgo grave e inminente para la salud de los trabajadores.
- Responsabilidad patronal (glosas del IESS): Si un trabajador desarrolla una enfermedad profesional y se demuestra que la empresa no realizó la vigilancia según el AM 1404, el IESS puede repercutir el costo de las prestaciones al empleador.
- Invalidez de los exámenes ocupacionales: FEMO que no se ajusten al AM 1404 pueden ser declarados inválidos en una inspección, lo que equivale a no haber realizado los exámenes.
Tagline: Verifique el cumplimiento de su empresa con el AM 1404
¿Cumple su empresa con el Acuerdo Ministerial 1404?
Nuestros especialistas en normativa de salud ocupacional auditan sus procedimientos actuales, identifican brechas frente al AM 1404 y el Decreto Ejecutivo 255, y le entregamos un plan de acción correctivo. Verifique su cumplimiento antes de que lo haga un inspector del Ministerio del Trabajo. Asesoría gratuita y sin compromiso.
Solicitar verificación gratuita →¿Necesita asesoría en Seguridad y Salud Ocupacional?
En Tagline Soluciones le ayudamos a cumplir la normativa SST ecuatoriana. Contáctenos para una evaluación gratuita.
Solicitar asesoría gratuita →