
Art. 434 Código del Trabajo Ecuador: Reglamento de Higiene y Seguridad Obligatorio
El Art. 434 del Código del Trabajo obliga a toda empresa con más de 10 trabajadores a elaborar y someter a aprobación del MDT un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, renovable cada 2 años. Conozca el texto exacto del artículo, su jerarquía normativa y cómo se relaciona con el Decreto 255.
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