Por dónde empezar, según el tamaño de la empresa

La primera pregunta de casi toda empresa es qué le toca por ley. Depende del número de trabajadores y del nivel de riesgo de la actividad, y el Decreto Ejecutivo 255 lo resuelve así.

TrabajadoresLo primero que exige el Decreto 255Dónde empezar
1 a 9Un responsable de seguridad y salud en el trabajo, y el documento preventivo que corresponda a la actividad.Cumplimiento y SST
10 a 49Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo —no comité—, más el plan integral de prevención y el programa de prevención de riesgo psicosocial registrado en el SUT.Plan integral de prevención
50 o másComité Paritario de Seguridad e Higiene, con su registro y sus actas, sobre lo anterior.Comité paritario
Cualquier tamañoVigilancia de la salud de los trabajadores: exámenes ocupacionales según el riesgo del puesto y su ficha médica.Salud ocupacional

El ente que inspecciona y sanciona el cumplimiento de SST es el Ministerio del Trabajo y Desarrollo Humano (MDT, antes Ministerio del Trabajo); el IESS interviene por el Seguro General de Riesgos del Trabajo. El umbral de 15 trabajadores para el comité venía del Decreto 2393, derogado: hoy la cifra es 50.

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta

¿Qué incluye el diagnóstico inicial sin costo?
Una conversación técnica en la que se identifica qué obligaciones le aplican a la empresa por su tamaño, su actividad y su nivel de riesgo, qué documentación existe y qué falta. Al final queda claro el orden de prioridades; lo que se cotiza aparte es el trabajo de implementación.
¿Se puede contratar un solo servicio o hay que tomar un paquete?
Se puede contratar un servicio suelto. Muchas empresas empiezan por lo que tienen encima —un requerimiento del Ministerio, una auditoría de cliente, un trámite con plazo— y después ordenan el resto. Lo que sí conviene es respetar el orden técnico: hay documentos que se construyen sobre otros y hacerlos al revés obliga a rehacerlos.
¿Cómo se elige por dónde empezar?
Por lo exigible y por el riesgo, en ese orden. Primero lo que tiene plazo o sanción —reglamento o plan según el tamaño, registros en el SUT, exámenes ocupacionales—; después lo que reduce el riesgo real de la operación; y al final lo que mejora la posición comercial, como una certificación.