Decreto Ejecutivo 255 (mayo 2024), Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente en Ecuador: resumen por artículos, PDF oficial descargable, obligaciones del empleador y del trabajador, y multas de hasta 20 SBU.
Todo empleador desde 1 trabajador. Todos los sectores.
Art. 1-99: Disposiciones generales, gestión preventiva
| Obligación | Base legal vigente | A quién aplica | Plazo / sanción |
|---|---|---|---|
| Política de SST, matriz de riesgos, capacitación, exámenes ocupacionales y plan de emergencia | DE 255 (2024) | Todo empleador desde 1 trabajador | Exigible hoy; USD 200 por trabajador afectado, tope 20 SBU |
| Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo | Art. 33, DE 255 | Centros de trabajo de 10 a 49 trabajadores | Elección y registro en el SUT |
| Comité Paritario de Seguridad y Salud: 3 representantes del empleador y 3 de los trabajadores, con suplentes | Art. 32, DE 255 | Centros de trabajo de 50 o más trabajadores | Sesiones ordinarias cada 2 meses; funciones por 2 años |
| Unidad de SST con técnico de cuarto nivel y médico ocupacional | DE 255 | 100 o más trabajadores, o antes si el riesgo es alto | Registro en el SUT |
| Registro del responsable de SST y sus anexos de verificación | AM MDT-2024-196 | Toda empresa, con la figura que corresponda a su tamaño y nivel de riesgo | Aceptación expresa en PDF cargada en el SUT (Art. 8) |
Guía completa de la normativa de SST en Ecuador 2026
Esta ficha es el pilar del clúster normativo: el Decreto Ejecutivo 255 es la norma matriz de la seguridad y salud en el trabajo en Ecuador, y desde este índice se entra a los acuerdos, artículos y fichas que la desarrollan.
| Pieza del clúster | Qué resuelve |
|---|---|
| Decreto 255 frente al 2393 | Qué cambió frente al derogado Decreto 2393 |
| Acuerdo Ministerial MDT-2024-196 | El AM MDT-2024-196 y su lista de verificación |
| Articulo 54 decreto 255 | El artículo 54, desarrollado |
| Articulo 49 decreto 255 | El artículo 49 |
| Articulo 434 codigo trabajo ecuador | El Art. 434 del Código del Trabajo |
| Codigo del trabajo art 434 | La ficha del Art. 434 |
| Instrumento andino 584 | El Instrumento Andino 584 |
| Anexo 3 norma tecnica higiene | El Anexo 3 de higiene y sus límites técnicos |
| Am 135 obligaciones empleadores | El AM 135 de obligaciones |
| Am mdt 2025 122 | El AM MDT-2025-122 |
| Am mdt msp 2019 038 | El acuerdo interministerial MDT-MSP-2019-038 |
| Am 174 seguridad construccion | El AM 174 de construcción |
| Am mdt 2020 001 | El AM MDT-2020-001 |
| Ley organica de salud | La Ley Orgánica de Salud |
| Ley organica discapacidades | La Ley Orgánica de Discapacidades |
| Multas sst ecuador 2026 | Las multas y su cuantía |
| Multas incumplimiento sst ecuador | El régimen sancionador |
Dato propio de Tagline
El 65,3 % de los accidentes calificados se avisó dentro del término de diez días
En 2025 el IESS calificó 17.229 accidentes de trabajo, de los cuales 211 tuvieron resultado de muerte, y el 65,3 % se presentó dentro del término de diez días del Art. 44 de la Resolución C.D. 513. Lo extrajimos del portal SART del IESS, que publica estas series en gráficos y no ofrece descarga.
Cómo citar: Tagline Soluciones Empresariales (2026). Accidentabilidad Laboral en Ecuador por Provincia — Edición 2026. Fuente: IESS, portal SART. Disponible en tagline-soluciones.com/informes/accidentabilidad-laboral-ecuador-2026/
Ver el informe y su CSV abierto →¿Qué es el Decreto Ejecutivo 255?
El Decreto Ejecutivo 255 fue emitido en mayo de 2024 por el presidente Daniel Noboa y constituye el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente en Ecuador. Representa un cambio de paradigma: transita de un modelo reactivo a un modelo preventivo y técnico, alineado con los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la ISO 45001. Es de aplicación obligatoria para todos los empleadores del país, sin importar el sector económico ni el número de trabajadores.
Obligaciones del empleador según el Decreto Ejecutivo 255 Ecuador
El Decreto 255 establece obligaciones del empleador en seguridad y salud de forma progresiva según el tamaño y nivel de riesgo de la empresa:
- Todo empleador (desde 1 trabajador): implementar una política de SST, identificar y evaluar peligros mediante matriz IPER, mantener registros actualizados y garantizar la formación de sus trabajadores. Las microempresas de 1 a 9 trabajadores cumplen mediante un Plan Integral de Prevención de Riesgos (AM MDT-2020-001).
- De 10 a 49 trabajadores: designar obligatoriamente un Delegado de Seguridad y Salud, y registrar ante el SUT el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Desde 10 trabajadores también es obligatorio elaborar y registrar en el SUT el PEDVAL (Protocolo de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral, AM 82).
- 50 o más trabajadores: constituir el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo con representación paritaria de empleadores y trabajadores, y contar con un Técnico de SST calificado.
- 100 o más trabajadores o riesgo alto: contar con una Unidad de SST integrada por un Técnico de SST de cuarto nivel y un Médico Ocupacional para vigilancia epidemiológica.
Entre las obligaciones del empleador más verificadas por el MDT en inspecciones figuran: política SST documentada, matriz de riesgos actualizada, Reglamento Interno aprobado por el SUT, plan de emergencias, vigilancia de la salud (exámenes ocupacionales), capacitación anual, registro de accidentes e incidentes, evaluación de riesgo psicosocial (cuestionario MDT de 58 ítems), y conformación del Comité Paritario (para 50+ trabajadores).
Obligaciones del trabajador en seguridad y salud según el Decreto 255
El Decreto Ejecutivo 255 Ecuador establece también obligaciones del trabajador en seguridad y salud que son exigibles y forman parte de la corresponsabilidad del sistema. Las principales son:
- Cumplir la normativa interna: Acatar el Reglamento Interno de SST, los procedimientos operativos y las instrucciones del responsable de seguridad.
- Usar correctamente los EPP: El trabajador está obligado a utilizar los equipos de protección personal entregados por el empleador, mantenerlos en buen estado y reportar deterioros.
- Reportar condiciones inseguras: Informar de inmediato al supervisor, al Técnico de SST o al Comité Paritario cualquier condición de trabajo que represente un peligro para su salud o la de sus compañeros.
- Participar en capacitaciones: Asistir a los programas de formación en SST que organice la empresa y aplicar los conocimientos adquiridos en su puesto.
- No operar equipos sin autorización: Abstenerse de manipular maquinaria, equipos o sustancias para los que no haya recibido capacitación y autorización expresa.
- Someterse a exámenes ocupacionales: Asistir a los exámenes médicos pre-ocupacionales, periódicos, de reintegro y de retiro programados por la empresa.
- Colaborar en investigación de accidentes: Participar activamente en la investigación de incidentes y accidentes ocurridos en su área.
Corresponsabilidad en seguridad y salud: el principio central del Decreto 255
El concepto de corresponsabilidad en seguridad y salud en el trabajo es el eje del Decreto Ejecutivo 255. La normativa establece que la prevención de riesgos laborales no es responsabilidad exclusiva del empleador: es una responsabilidad compartida entre empleador, trabajador, Estado y organismos paritarios.
En la práctica, la corresponsabilidad significa:
- El empleador provee las condiciones seguras, la formación y los recursos necesarios.
- El trabajador cumple las normas, usa los EPP y reporta los peligros.
- El Comité Paritario (para 50+ trabajadores) o el Delegado (para 10-49 trabajadores) vigila, propone y documenta.
- El MDT inspecciona y sanciona el incumplimiento de cualquiera de las partes.
Esta responsabilidad compartida en seguridad y salud implica que un accidente laboral puede derivar en responsabilidades para el empleador (multa MDT + glosa IESS) pero también en medidas disciplinarias para el trabajador si se demuestra que incumplió deliberadamente las normas de seguridad establecidas.
Artículos clave del Decreto Ejecutivo 255
Sistema de Gestión de SST (Art. 9–16)
Toda empresa debe implementar un SG-SST documentado bajo el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar, Actuar), registrarlo en el SUT y someterlo a mejora continua anual.
Comité Paritario (Art. 13)
Empresas con 50 o más trabajadores deben conformar el Comité Paritario. Las actas de reunión bimestral (cada 2 meses) deben archivarse y el Informe Anual cargarse en el SUT.
Delegado de Seguridad y Salud (Art. 15–16)
El Art. 15 obliga a las empresas de 10 a 49 trabajadores a designar un delegado de seguridad y salud, principal y suplente, electo democráticamente por los trabajadores. El Art. 16 regula sus funciones de vigilancia, propuesta y documentación de la gestión SST.
Responsable de SST (Art. 17–18)
Según tamaño y riesgo, la empresa designa un monitor, técnico o constituye una Unidad de SST. El responsable debe registrarse en el SUT con aceptación expresa del cargo.
Exámenes ocupacionales (Art. 22–24)
Obligatorios en cuatro modalidades: pre-ocupacional, periódico, de reintegro y de retiro. La periodicidad depende del nivel de riesgo del puesto de trabajo.
Investigación de accidentes (Art. 27–29)
El Art. 27 obliga a investigar todo accidente e incidente. El Art. 28 establece el plazo de 10 días hábiles para reportar al MDT los accidentes graves. El Art. 29 regula los registros de accidentabilidad que deben cargarse anualmente en el SUT.
Decreto 255, «acuerdo ministerial 255» y AM MDT-2024-196: qué es cada cosa
La búsqueda mezcla tres nombres que no son intercambiables, y la confusión tiene consecuencias prácticas: quien cita un «acuerdo ministerial 255» en su documentación está citando una norma que no existe con ese nombre.
| Cómo se lo busca | Qué norma es en realidad | Quién la emite | Qué regula |
|---|---|---|---|
| Decreto Ejecutivo 255 · DE 255 · decreto 255 | Decreto Ejecutivo 255 (2024) | Presidencia de la República | El Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo completo |
| Acuerdo ministerial 255 · AM 255 · acuerdo 255 | No existe con ese número en seguridad y salud: quien lo busca casi siempre quiere el Decreto Ejecutivo 255 | — | — |
| Acuerdo 196 · AM 196 · MDT-2024-196 | Acuerdo Ministerial MDT-2024-196 | Ministerio del Trabajo | Operativiza el Decreto 255: monitor y técnico de SST, y sus tres anexos de verificación |
| Decreto 2393 | Decreto Ejecutivo 2393 (1986) — DEROGADO | — | Nada: fue derogado en su totalidad por el Decreto 255 |
La regla para cualquier documento interno —política de SST, matriz de riesgos, reglamento de higiene y seguridad, informe técnico— es citar el Decreto Ejecutivo 255 como norma reglamentaria y el AM MDT-2024-196 como el instrumento que fija cómo se verifica. Un documento que cita el 2393 se considera desactualizado en inspección, por correcto que sea su contenido técnico.
Qué documentos exige el Decreto 255 y dónde se registran
El articulado se traduce en una lista concreta de entregables. Esta es la tabla que conviene tener a mano antes de una inspección: dice qué documento se pide, desde qué tamaño de empresa y dónde debe constar.
| Documento | Desde cuántos trabajadores | Dónde se registra o se conserva |
|---|---|---|
| Política de seguridad y salud en el trabajo | 1 | Documento interno firmado por la máxima autoridad y difundido al personal |
| Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER/IPERC) | 1 | Documento interno, actualizado ante cada cambio relevante |
| Registro del responsable de SST (monitor, técnico o unidad) | 1, con la figura que corresponda al tamaño y al riesgo | SUT, con aceptación expresa del cargo |
| Programa de capacitación y registros de asistencia | 1 | Documento interno con evidencia firmada |
| Exámenes ocupacionales (preocupacional, periódico, de reintegro y de retiro) | 1 | Historia clínica ocupacional bajo custodia del médico |
| Plan de emergencia y sus simulacros | 1 | Documento interno con actas de simulacro |
| Delegado de Seguridad y Salud | 10 a 49 | SUT, con acta de elección |
| Reglamento Interno de Higiene y Seguridad | 10 | SUT, aprobado por el Ministerio del Trabajo |
| Comité Paritario de SST y actas bimestrales | 50 | SUT, con informe anual |
| Unidad de SST con técnico de cuarto nivel y médico ocupacional | 100, o antes si el riesgo es alto | SUT |
| Investigación de accidentes e informe al MDT | 1, ante cada accidente | Interno; los accidentes graves se reportan al MDT en el plazo del articulado |
La lista con la que el inspector contrasta esos documentos es el Anexo 1 del Acuerdo Ministerial MDT-2024-196, y el nivel de riesgo que determina qué figura corresponde sale de su Anexo 2, por código CIIU. Repasarlos antes de la visita es la auditoría interna más barata que existe.
Régimen sancionatorio
El incumplimiento del Decreto 255 se sanciona conforme al AM MDT-2017-0135: multa de USD 200 por cada trabajador, hasta un máximo de 20 SBU ($9,640 con SBU 2026 de $482). El MDT puede ordenar paralización inmediata de actividades ante riesgo inminente. El IESS puede emitir glosas por responsabilidad patronal obligando al empleador a reembolsar prestaciones médicas, subsidios e indemnizaciones derivadas de un accidente o enfermedad laboral.
¿Quién debe cumplir el Decreto Ejecutivo 255?
Aplica a todo empleador desde un solo trabajador, sin importar el sector económico. Incluye sector público, sector privado, servicio doméstico y trabajadores autónomos con personal contratado. No existe ninguna actividad económica exenta de las obligaciones básicas del Decreto 255.
Preguntas frecuentes sobre el Decreto Ejecutivo 255
¿Qué dice el Decreto Ejecutivo 255?
El Decreto 255 expide el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de Ecuador. Define las obligaciones de empleadores y trabajadores en materia preventiva, el sistema de gestión SST, los organismos paritarios, los requisitos de vigilancia de la salud, los trabajos de alto riesgo y el régimen de sanciones aplicable por el MDT.
¿Cómo implementar el Decreto Ejecutivo 255 en mi empresa?
El proceso parte de un diagnóstico de brechas contra los requisitos del Decreto 255, seguido de: elaborar la política y el plan de prevención, identificar y evaluar los riesgos por puesto (matriz IPER), conformar el Comité Paritario (para 50+ trabajadores) o designar el Delegado (para 10-49 trabajadores), registrar todo en el SUT, capacitar al personal y establecer el ciclo de auditoría interna anual.
¿Cuál es la normativa SSO vigente en Ecuador?
La normativa de seguridad y salud ocupacional vigente está encabezada por el Decreto Ejecutivo 255 (2024), complementado por el Acuerdo Ministerial MDT-2024-196, el Instrumento Andino 584, el Código del Trabajo (Art. 410–434) y los acuerdos ministeriales sectoriales del MDT.
¿El reglamento de seguridad y salud en el trabajo tiene PDF oficial?
Sí. El texto oficial del Decreto Ejecutivo 255 está disponible en el Registro Oficial del Ecuador. En esta página puede descargarlo en el botón de descarga PDF que aparece a continuación.
¿Qué contienen los anexos del Decreto 255?
El Decreto Ejecutivo 255 se estructura en su articulado principal más anexos técnicos que desarrollan aspectos operativos del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (entre ellos los criterios técnicos de gestión preventiva y los formatos de cumplimiento). El texto completo con todos sus anexos se encuentra en el PDF oficial descargable en esta misma página, para consulta y verificación directa.
¿Qué es la normativa SSO?
La normativa SSO (Seguridad y Salud Ocupacional) es el conjunto de leyes, decretos y acuerdos ministeriales que regulan las condiciones de trabajo seguro en Ecuador. Su norma principal es el Decreto Ejecutivo 255. Esta normativa SSO es administrada y supervisada por el Ministerio del Trabajo (MDT), que tiene la potestad de inspeccionar y sancionar a los empleadores que la incumplan.
Decreto Ejecutivo 255: Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (PDF)
El Decreto Ejecutivo 255, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, puede descargarse en PDF desde el botón de esta página. Es la versión oficial vigente en 2026: cuando compare con documentos que circulan en línea, verifique que no se trate del derogado Decreto 2393 — la estructura de obligaciones por tamaño de empresa, los requerimientos de instalaciones y el régimen documental cambiaron por completo. Si necesita saber qué le aplica exactamente a su empresa según su número de trabajadores, empiece por el artículo de obligaciones por tamaño y contraste con el AM MDT-2024-196, que instrumenta los formatos y anexos.
Cómo le ayuda Tagline
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¿Desde cuántos trabajadores es obligatorio el comité paritario según el Decreto 255?
Desde <strong>50 trabajadores</strong> en cada lugar y/o centro de trabajo, según el Art. 32 del Decreto Ejecutivo 255: se conforma con tres representantes de los trabajadores elegidos por mayoría simple y tres designados por el empleador, cada uno con su suplente. Entre 10 y 49 trabajadores no hay comité sino un <strong>delegado de seguridad y salud</strong> elegido democráticamente (Art. 33).
¿Cada cuánto sesiona el comité paritario del Decreto 255?
Ordinariamente <strong>cada dos meses</strong>, y extraordinariamente cuando ocurre un accidente de trabajo, se presume una enfermedad profesional, después de una inspección de la autoridad o a petición motivada. Las sesiones se hacen en horas laborables y quedan en acta firmada por los asistentes (Art. 32 del Decreto Ejecutivo 255).
¿Existe el Decreto Ejecutivo 255 en Word o en PDF editable?
No. El texto oficial se publica en el Registro Oficial como PDF y no hay una versión editable emitida por la autoridad; cualquier archivo en Word que circule es una transcripción de un tercero, sin valor oficial y con riesgo de estar incompleta. Lo que normalmente se busca al pedir un “PDF editable” no es la norma, sino los documentos que la norma exige —política, matriz de riesgos, reglamento interno—, y esos se elaboran a la medida de cada empresa.
¿El Decreto 255 es un acuerdo ministerial?
No. Es un decreto ejecutivo firmado por el Presidente de la República en mayo de 2024, con rango reglamentario. El acuerdo ministerial que lo acompaña es otro documento: el AM MDT-2024-196 del Ministerio del Trabajo, que desarrolla la figura del monitor y del técnico de SST y aporta los tres anexos de verificación. Quien busca “acuerdo ministerial 255” casi siempre quiere el decreto.
¿Qué derogó el Decreto Ejecutivo 255?
Derogó en su totalidad el Decreto Ejecutivo 2393 de 1986 —el antiguo Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores— y sus reformas posteriores. Ningún artículo del 2393 conserva vigencia, de modo que una matriz de riesgos, un reglamento interno o un informe técnico que lo cite como fundamento está citando una norma inexistente.
¿Desde cuántos trabajadores aplica el Decreto 255?
Desde uno. No hay umbral de exención: toda empresa con al menos un trabajador en relación de dependencia debe tener política de SST, matriz de riesgos, capacitación, exámenes ocupacionales y plan de emergencia. Lo que cambia con el tamaño no es la obligación de gestionar, sino la estructura exigida: delegado desde 10 trabajadores, comité paritario desde 50 y unidad de SST desde 100 o antes si el riesgo es alto.
Texto completo en PDF
Decreto Ejecutivo 255 — Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
