El artículo 49 (Art. 49) del Decreto Ejecutivo 255 es la base técnica del control de riesgos en Ecuador. Establece que el empleador no puede elegir libremente qué medida aplica frente a un riesgo — debe seguir una jerarquía de controles en orden de eficacia, empezando siempre por la eliminación y recurriendo al EPP solo cuando los controles anteriores sean insuficientes.

Decreto Ejecutivo 255, Art. 49 (De las medidas de prevención y protección): «La jerarquía para la implementación de las medidas de prevención y/o protección será: Eliminación; Sustitución; Control de ingeniería; Control administrativo; y, Control sobre el trabajador.» El quinto nivel —control sobre el trabajador— comprende el equipo de protección personal (EPP), que el Art. 56 regula como medida aplicable solo cuando las medidas de prevención colectivas resultan insuficientes.

Qué es la jerarquía de controles

La jerarquía de controles es el orden obligatorio en que deben aplicarse las medidas frente a un riesgo laboral: primero se intenta hacer desaparecer el peligro y solo al final se protege a la persona expuesta. No es una lista de opciones equivalentes entre las que se elige la más cómoda, sino una secuencia con prelación legal. La medida elegida para cada riesgo debe quedar escrita, con responsable y plazo, en el plan integral de prevención de riesgos laborales.

Esta guía es parte de guía completa de la normativa de sst en ecuador 2026. Dentro del mismo tema: decreto 255 frente al 2393 y acuerdo ministerial mdt-2024-196.

El artículo 49 del Decreto Ejecutivo 255 la fija en cinco niveles, en este orden exacto: 1) eliminación, 2) sustitución, 3) control de ingeniería, 4) control administrativo y 5) control sobre el trabajador. Cada nivel solo se justifica cuando el anterior no es técnicamente factible, y esa justificación debe poder demostrarse. Es el mismo principio que recogen la norma ISO 45001 y la práctica internacional de prevención.

La consecuencia práctica es la que más cuesta interiorizar: entregar equipo de protección personal es el último escalón, no el primero. Un control situado en el nivel 5 cuando existía una alternativa viable en el nivel 3 es un incumplimiento, aunque el trabajador esté usando correctamente su equipo.

Por qué importa el orden de la jerarquía

La jerarquía no es una sugerencia — es un mandato legal. Si el inspector del MDT encuentra que una empresa usa EPP como única medida frente a un riesgo que podía eliminarse o controlarse técnicamente desde la fuente, ese es un incumplimiento del Art. 49, aunque el EPP esté correctamente seleccionado y entregado.

La razón detrás del orden es la eficacia real de cada medida:

  • Eliminación: el riesgo desaparece — no puede materializarse porque no existe
  • Sustitución: el riesgo se reduce significativamente — se cambia el agente peligroso por uno menos peligroso
  • Ingeniería: el riesgo persiste pero el trabajador queda protegido por barreras físicas independientes de su comportamiento
  • Administrativo: el riesgo persiste y la protección depende del comportamiento del trabajador y del sistema de gestión
  • EPP: el riesgo persiste, la barrera falla si el trabajador no lo usa correctamente o el equipo falla

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Nivel 1 — Eliminación

La medida más eficaz: hacer que el riesgo deje de existir. Ejemplos prácticos:

  • Automatizar una tarea peligrosa con robots o equipos que no requieren presencia humana en la zona de riesgo
  • Eliminar el uso de una sustancia química tóxica reformulando el proceso para no necesitarla
  • Eliminar el trabajo en altura rediseñando el proceso para que pueda realizarse desde el suelo
  • Suprimir una operación innecesaria que generaba riesgo

Nivel 2 — Sustitución

Cuando eliminar no es posible, se sustituye el agente peligroso por uno de menor riesgo:

  • Reemplazar un solvente tóxico (benceno, xileno) por uno con menor toxicidad y menor volatilidad
  • Sustituir una herramienta manual que produce vibración excesiva por una con menor emisión vibratoria
  • Cambiar un proceso de impacto ruidoso por uno de unión silenciosa (soldadura o adhesivo en lugar de remachado)

Nivel 3 — Controles de ingeniería

Barreras físicas que protegen sin depender del comportamiento del trabajador. Se subdividen en:

  • En la fuente: actuar sobre lo que genera el riesgo — cabinas acústicas alrededor de maquinaria ruidosa, captores de polvo en el punto de generación, guardas de seguridad en partes móviles, sistemas de ventilación local exhaustora sobre vapores químicos
  • En el medio de transmisión: barreras entre la fuente y el trabajador — pantallas acústicas, distancia física, encerramientos, sistemas de dilución de contaminantes
  • En el receptor: proteger el puesto del trabajador — cabinas climatizadas con aire filtrado para operadores de maquinaria en ambiente contaminado

Nivel 4 — Controles administrativos

Medidas organizacionales que reducen la exposición al riesgo sin eliminarlo:

  • Rotación de puestos para limitar el tiempo de exposición de cada trabajador
  • Procedimientos de trabajo seguro (permisos de trabajo, LOTO, entrada a espacios confinados)
  • Capacitación y entrenamiento específico por tarea
  • Señalización de advertencia y delimitación de zonas de riesgo
  • Programas de mantenimiento preventivo que evitan condiciones peligrosas

Nivel 5 — Control sobre el trabajador (EPP)

El quinto nivel de la jerarquía es el control sobre el trabajador, que en la práctica se materializa en el equipo de protección personal. El EPP es el último recurso — no la primera respuesta. El Art. 49 exige que el empleador pueda demostrar que los niveles anteriores se evaluaron y no fueron suficientes antes de recurrir al EPP como medida principal. El EPP:

  • No elimina el riesgo — lo mitiga solo mientras el trabajador lo usa correctamente
  • Falla cuando el trabajador lo usa mal, no lo usa o el equipo se deteriora
  • Es indispensable cuando los controles anteriores no reducen suficientemente el riesgo
  • Debe seleccionarse técnicamente según el riesgo evaluado, no por precio ni disponibilidad

Cómo clasificar un control cuando la respuesta no es obvia

En auditoría, la duda casi nunca está en los extremos —nadie discute que un tapón auditivo es EPP— sino en los controles intermedios. Estos son los casos que más se confunden:

MedidaNivel que le corresponde
Enclavamientos, interlocks de proceso, sistemas de asistencia automáticaControl de ingeniería: la barrera es física y actúa aunque el trabajador se equivoque
Guardas fijas, cabinas acústicas, extracción localizadaControl de ingeniería
Bloqueo y etiquetado (LOTO), permisos de trabajo, rotación de turnosControl administrativo: dependen del cumplimiento del procedimiento
Señalización, capacitación, inducciónControl administrativo (nunca ingeniería: informan, no impiden)
Cambiar un solvente por otro menos tóxicoSustitución, no ingeniería: cambia el agente, no la instalación
Arnés, respirador, protección auditivaControl sobre el trabajador (EPP)

La regla que resuelve casi todos los casos: si la medida sigue protegiendo cuando la persona se distrae, es ingeniería; si depende de que alguien haga lo correcto, es administrativa.

Los dos hallazgos de auditoría más frecuentes sobre el Art. 49

Primero: la matriz identifica y valora los peligros, pero las medidas de control no están clasificadas según la jerarquía y no se trasladan al plan anual. Aunque los controles existan en la práctica, no poder demostrar el criterio de jerarquía ni su planificación es un incumplimiento del Art. 49: la norma exige el orden, no solo la medida.

Segundo, y más grave: hay riesgos valorados como prioritarios sin ninguna medida definida. Ahí no hay discusión sobre el nivel del control —simplemente no hay control—, y es un hallazgo mayor: el riesgo se evaluó, se supo que era prioritario y no se actuó. En una investigación posterior a un accidente, esa combinación (riesgo conocido, sin medida, sin plazo) es la que compromete la responsabilidad del empleador.

Cómo documenta el cumplimiento del Art. 49 en la matriz de riesgos

La matriz IPERC debe reflejar, para cada riesgo identificado, qué medidas de control se aplicaron y en qué nivel de la jerarquía se ubican. Una columna de "medidas de control actuales" y otra de "medidas propuestas" — con la jerarquía como criterio de priorización — demuestran al inspector del MDT que el empleador sigue el Art. 49.

Ejemplo de aplicación: ruido en una planta

Frente a un riesgo de ruido sobre una prensa industrial, la jerarquía del Art. 49 se aplica así, de mayor a menor eficacia:

  1. Eliminación: retirar la prensa obsoleta y rediseñar el proceso sin la operación ruidosa.
  2. Sustitución: reemplazarla por un modelo de menor emisión sonora.
  3. Ingeniería: encerrar la prensa en una cabina acústica o instalar pantallas absorbentes.
  4. Administrativo: rotar al personal para reducir el tiempo de exposición y señalizar la zona.
  5. Control sobre el trabajador: dotar de protección auditiva certificada cuando lo anterior no baste.

Aplicar solo el último paso —entregar tapones— sin haber evaluado los cuatro previos es, precisamente, el incumplimiento que el inspector sanciona.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio seguir el orden de la jerarquía del Art. 49?

Sí. El orden es un mandato legal, no una recomendación. El empleador debe demostrar que evaluó los niveles superiores antes de recurrir al EPP como medida principal.

¿El EPP cumple por sí solo con el Art. 49?

No. El EPP es el último nivel de la jerarquía. Usarlo como única medida frente a un riesgo controlable desde la fuente es un incumplimiento, aunque el EPP esté bien seleccionado y entregado.

¿Dónde se documenta el cumplimiento del Art. 49?

En la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPERC), indicando para cada riesgo qué controles se aplicaron y en qué nivel de la jerarquía se ubican.

Cumplimiento y SST

¿Su matriz de riesgos aplica la jerarquía del Art. 49?

Tagline Soluciones elabora y actualiza su matriz IPERC siguiendo la jerarquía de controles del Decreto 255, con evidencia documentada para cada nivel aplicado.

¿Cuál es la jerarquía de controles del Art. 49 del Decreto 255?

Cinco niveles, en orden estricto de preferencia: eliminación del peligro; sustitución por algo menos peligroso; controles de ingeniería, que aíslan a la persona de la fuente; controles administrativos —procedimientos, rotación, señalización, formación—; y por último el equipo de protección personal. El orden no es una sugerencia: saltar a EPP sin haber agotado los niveles superiores traslada al trabajador la protección que debía dar el diseño, y es el incumplimiento que más se detecta.