La Norma Técnica en Seguridad e Higiene del Trabajo es el Anexo 3 del Acuerdo Ministerial MDT-2024-196, cuya Disposición General Octava dispuso su emisión a la Dirección de Seguridad en el Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales. Su artículo 1 la declara de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores definidos en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto Ejecutivo 255), y establece disposiciones detalladas sobre las condiciones ambientales mínimas que deben cumplir todos los centros de trabajo. La norma regula parámetros técnicos en materia de iluminación (niveles mínimos de lux según el tipo de tarea), ruido ocupacional (límites permisibles de exposición), ventilación (renovación de aire en espacios cerrados), temperatura y humedad ambiental, así como principios ergonómicos para el diseño de puestos de trabajo. La vigencia de esta norma técnica es reafirmada por la Disposición General Primera del Acuerdo Ministerial MDT-2025-122, que establece que para todos aquellos aspectos normativos no incluidos en los reglamentos específicos se aplicará lo dispuesto en la Norma Técnica de Seguridad e Higiene del Trabajo y demás normas nacionales o internacionales vigentes. Su aplicación alcanza a todos los centros de trabajo en el territorio nacional, independientemente del sector económico y del número de trabajadores, constituyendo una referencia técnica obligatoria para la verificación de condiciones ambientales durante las inspecciones del Ministerio del Trabajo.
Todos los centros de trabajo
El Referente Técnico del Nuevo Marco SST
La Norma Técnica en Seguridad e Higiene del Trabajo es el Anexo 3 del AM MDT-2024-196 (Disposición General Octava) y su artículo 1 la declara de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores definidos en el Decreto Ejecutivo 255: establece las condiciones ambientales mínimas que deben cumplir todos los centros de trabajo. Su vigencia ha sido reafirmada explícitamente por la Disposición General Primera del AM MDT-2025-122, que establece que para aquellos aspectos no incluidos en los reglamentos específicos se aplicará lo dispuesto en esta norma técnica y demás normas nacionales o internacionales vigentes.
Parámetros técnicos regulados
Iluminación
Establece los niveles mínimos de iluminación (lux) requeridos según el tipo de tarea, desde 50 lux en zonas de tránsito hasta 1000 lux en trabajos de alta precisión visual. La iluminación debe ser uniforme y evitar deslumbramientos.
Ruido ocupacional
Define los límites permisibles de exposición al ruido en función del tiempo de exposición. Para exposiciones continuas de 8 horas, el límite es de 85 dB(A). Niveles superiores requieren reducción proporcional del tiempo de exposición y la dotación de protección auditiva.
Ventilación
Establece los requisitos de renovación de aire en espacios cerrados, la eliminación de contaminantes en su origen y la implementación de sistemas de ventilación general y localizada según el tipo de actividad y los agentes químicos presentes.
Temperatura y humedad
Define rangos de confort térmico para diferentes tipos de trabajo, así como las medidas de protección frente a estrés térmico por frío o calor en actividades con exposición extrema.
Principios ergonómicos
Contiene disposiciones sobre diseño de puestos de trabajo, manejo manual de cargas, posturas forzadas y movimientos repetitivos, constituyendo la base técnica para la prevención de trastornos musculoesqueléticos de origen laboral.
¿Quién debe cumplir?
Todos los centros de trabajo en el territorio nacional, independientemente del sector económico y del número de trabajadores. La norma es aplicable y verificable durante las inspecciones del Ministerio del Trabajo, cuyos inspectores utilizan instrumentos de medición (luxómetros, sonómetros) para comprobar el cumplimiento de los parámetros establecidos.
Consecuencias del incumplimiento
Las condiciones ambientales que no cumplen con los parámetros de la norma técnica constituyen infracción y pueden generar observaciones durante las inspecciones del MDT, derivando en la exigencia de corrección en plazos determinados y en multas si no se subsanan. Adicionalmente, la exposición prolongada a condiciones ambientales deficientes está vinculada al desarrollo de enfermedades profesionales, cuyo costo recae sobre el empleador vía responsabilidad patronal.
Cómo le ayuda Tagline
Realizamos mediciones ambientales de iluminación, ruido, ventilación y confort térmico en su centro de trabajo, elaboramos informes técnicos con recomendaciones correctivas y aseguramos el cumplimiento de los parámetros de la norma técnica para sus inspecciones. Solicite una evaluación ambiental de su centro de trabajo.
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Anexo 3 — Norma Técnica de Seguridad e Higiene del Trabajo
