Desde 1 trabajador en Ecuador
Toda empresa está obligada a identificar sus riesgos laborales, registrar la gestión y capacitar al personal. El Decreto 255 no excluye a microempresas ni profesionales independientes con personal a cargo.

La normativa de seguridad y salud ocupacional cambió en Ecuador. Reduzca su exposición a multas de hasta $9.640 por inspección y sostenga un sistema de gestión defendible con acompañamiento técnico especializado.
El Ministerio del Trabajo realiza controles presenciales y electrónicos sin previo aviso. Sostenga un cumplimiento real sustentado en datos.
Toda empresa está obligada a identificar sus riesgos laborales, registrar la gestión y capacitar al personal. El Decreto 255 no excluye a microempresas ni profesionales independientes con personal a cargo.
Estructuramos la figura técnica según su tamaño legal: Responsable (1-9 trabajadores), Delegado SST (10-49 trabajadores) o Técnico de Seguridad certificado y Comité Paritario (50 o más trabajadores).
Elaboramos y registramos su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (desde 10 trabajadores), el Plan Integral de Prevención, el Programa Psicosocial (58 ítems) y el Programa de Prevención de Drogas.
Coordinamos la vigilancia de la salud mediante exámenes médicos obligatorios de ingreso, periódicos, de reintegro y de retiro, debidamente firmados por médico ocupacional autorizado.
Sostenemos el cumplimiento cargando de forma correcta la documentación en el SUT y preparando al equipo para responder con hechos y evidencias en caso de una inspección del Ministerio del Trabajo.
Pasamos de la identificación de riesgos a la carga documental final, con acompañamiento en todo el proceso.
Evaluamos la documentación existente y la realidad operativa de su empresa para identificar brechas de cumplimiento real.
Elaboramos las matrices de riesgo, reglamentos y programas obligatorios adaptados a sus procesos de negocio.
Conformamos los comités, entrenamos a los delegados y coordinamos los exámenes médicos requeridos.
Registramos los documentos en el SUT del Ministerio del Trabajo y le entregamos un sistema de gestión defendible.
Preguntas frecuentes
Tres dudas clave antes de iniciar una conversación técnica con Tagline.
Sí. El Decreto Ejecutivo 255 aplica a toda empresa desde 1 trabajador, sin importar el sector económico. El Acuerdo MDT-2024-196 establece cronogramas escalonados, pero la obligación legal de prevención alcanza a todos los empleadores del Ecuador desde el primer día.
Las multas por incumplimiento SST son de $200 por trabajador, con un máximo de 20 SBU ($9,640 con el SBU 2026). En casos de riesgo inminente, el Ministerio del Trabajo puede clausurar el establecimiento. Ante accidentes graves, el representante legal puede enfrentar responsabilidad civil y penal.
El Decreto 255 exige: identificación de riesgos laborales, capacitaciones SST obligatorias, responsable o delegado de seguridad según el número de trabajadores, exámenes médicos ocupacionales (ingreso, periódico, reintegro y retiro), reglamento interno de higiene y seguridad (desde 10 trabajadores) y programa de prevención de riesgos psicosociales.
Sí. El Ministerio del Trabajo realiza inspecciones presenciales y electrónicas sin aviso previo. Toda empresa debe mantener su documentación de SST y los registros en la plataforma SUT actualizados y disponibles en todo momento.
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