¿Qué es el visto bueno laboral?
El visto bueno es la autorización que concede el Inspector del Trabajo para dar por terminada una relación laboral cuando existe una causa justificada prevista en la ley. Es el mecanismo legal que permite a un empleador separar a un trabajador —o a un trabajador retirarse con derecho a indemnización— sin incurrir en un despido o un abandono arbitrarios.
A diferencia de la terminación libre, el visto bueno no lo decide la empresa por su cuenta: lo resuelve la autoridad administrativa del trabajo tras analizar los hechos. Por eso es la vía correcta para que una desvinculación con causa no se transforme en un despido intempestivo con su consiguiente indemnización. Comprender el procedimiento le evita a la empresa contingencias costosas y le da al trabajador certeza sobre sus derechos.
Causales del empleador: artículo 172
El empleador puede solicitar el visto bueno para terminar el contrato cuando concurre una de las causales del artículo 172 del Código del Trabajo, entre ellas:
- Faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o asistencia, o abandono del trabajo.
- Indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos legalmente aprobados.
- Falta de probidad o conducta inmoral grave.
- Injurias graves al empleador, su familia o representantes.
- Ineptitud manifiesta del trabajador respecto de la labor para la que fue contratado.
- Denuncia injustificada contra el empleador en materia de obligaciones del IESS, cuando resulte falsa.
Causales del trabajador: artículo 173
El trabajador también puede pedir el visto bueno para dar por terminado el contrato con derecho a indemnización, según el artículo 173, cuando el empleador:
- Comete injurias graves contra el trabajador o su familia.
- Reduce o no paga puntualmente la remuneración convenida.
- Exige un servicio distinto al pactado, salvo casos de emergencia y por el tiempo estrictamente necesario.
¿Cómo se tramita el visto bueno?
El procedimiento se sustancia ante la Inspectoría del Trabajo de la jurisdicción y, en términos generales, sigue estas etapas:
- Solicitud: la parte interesada presenta el pedido de visto bueno, fundamentando la causal y aportando pruebas.
- Notificación: el Inspector notifica a la otra parte para que ejerza su derecho a la defensa.
- Investigación: se evalúan las pruebas y, de ser necesario, se realiza una verificación de los hechos.
- Resolución: el Inspector concede o niega el visto bueno mediante una resolución motivada.
El empleador puede, bajo su responsabilidad, separar provisionalmente al trabajador durante el trámite, depositando una cantidad equivalente a la remuneración de hasta un mes a la orden de la autoridad. Si el visto bueno se niega, ese valor se entrega al trabajador y la separación puede calificarse como despido.
Una causal mal documentada es una demanda en camino
El visto bueno se gana con expedientes sólidos: reglamento interno aprobado, memorandos y evidencia. Tagline ordena su gestión disciplinaria y de talento para que cada decisión tenga respaldo.
Visto bueno frente a despido intempestivo
La diferencia es decisiva para el costo de la desvinculación. En el visto bueno concedido al empleador, el contrato termina por causa justificada y no procede la indemnización por despido. En el despido intempestivo, la terminación es arbitraria y obliga a pagar la indemnización del artículo 188 más el desahucio. Saltarse el trámite del visto bueno por una causa real es, en la práctica, renunciar a la única vía que la ley ofrece para separar con causa sin indemnizar.
¿Quién resuelve el visto bueno?
El Inspector del Trabajo de la jurisdicción, mediante una resolución motivada, tras notificar a la contraparte y evaluar las pruebas.
¿El visto bueno me deja sin liquidación?
No. Aun con visto bueno concedido al empleador, el trabajador conserva sus haberes proporcionales: décimos, vacaciones no gozadas y remuneraciones pendientes. Lo que no procede es la indemnización por despido.
¿Puedo trabajar mientras se tramita?
El empleador puede separar provisionalmente al trabajador durante el trámite si deposita el equivalente a la remuneración de hasta un mes a la orden del Inspector.
¿Qué pasa si niegan el visto bueno al empleador?
La separación puede calificarse como despido intempestivo y el empleador deberá asumir las indemnizaciones de ley.

