Glosario · Gestión de la Energía

CPSE (Catálogo de Proveedores de Servicios Energéticos)

Definición

El CPSE es el Catálogo de Proveedores de Servicios Energéticos previsto en el reglamento de la Ley Orgánica de Eficiencia Energética. Agrupa tres figuras —auditor energético, gestor de la energía y ESCO— y desde 2026 condiciona quién puede acompañar la implementación de la norma en un gran consumidor.

En la práctica ecuatoriana

El requisito recae sobre quien acompaña la implementación de la norma de gestión de la energía, no sobre cualquier servicio energético. Auditar internamente o formar auditores no lo activa.

Un matiz de verificación que conviene conocer: el reglamento prevé que el catálogo publique una lista de proveedores cualificados, pero esa lista no está disponible públicamente. La forma práctica de comprobarlo es pedir al prestador su respaldo documental o consultarlo a la secretaría del comité correspondiente.

A quién alcanza el requisito del catálogo

Actividad¿Exige prestador registrado?
Acompañar la implementación de la norma de gestión de la energía en un gran consumidorSí, desde 2026
Auditar internamente el consumo con personal propioNo
Formar auditores internosNo
Contratar mediciones o servicios técnicos puntualesNo por esta vía

Y el matiz de verificación que conviene conocer: el reglamento prevé que el catálogo publique una lista de proveedores cualificados, pero esa lista no está disponible públicamente. La forma práctica de comprobarlo es pedir al prestador su registro documentado antes de firmar.

Ejemplo

Una empresa obligada a certificar contrata la implementación con un proveedor que dice estar registrado. Antes de firmar, pide la resolución o constancia que lo acredite: la palabra no basta para sostener un expediente que la autoridad puede revisar.

Términos relacionados

Preguntas frecuentes
¿Qué es el CPSE y a quién obliga?

Es el Catálogo de Proveedores de Servicios Energéticos previsto en el reglamento de la Ley Orgánica de Eficiencia Energética, que agrupa tres figuras: auditor energético, gestor de la energía y ESCO. Desde 2026 condiciona quién puede acompañar la implementación de la norma de gestión de la energía en un gran consumidor. No alcanza a auditar internamente ni a formar auditores propios.

¿Cómo se comprueba que un proveedor está en el catálogo?

Pidiéndole el respaldo documental de su registro. El reglamento prevé la publicación de una lista de proveedores cualificados, pero no está disponible públicamente, así que la verificación es documental y conviene hacerla antes de contratar, no después de firmar.

¿Contratar una ESCO obliga a que esté en el catálogo?

El requisito del reglamento recae sobre quien acompaña la implementación de la norma de gestión de la energía en un gran consumidor. Un contrato de desempeño con una ESCO para ejecutar medidas concretas no activa por sí mismo esa exigencia; si esa misma ESCO además implementa el sistema de gestión, entonces sí. Como el catálogo no publica lista consultable, conviene pedir el registro documentado en cualquiera de los dos casos.

Ficha del glosario de Tagline · Actualizada el 27 de agosto de 2026. Resume el término con fines informativos y de referencia; las citas normativas remiten al texto oficial vigente en Ecuador y no sustituyen asesoría para un caso concreto. Para aplicarlo a su empresa, converse con nuestro equipo.
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