¿Tiene personal en turno de noche y no sabe si lo está pagando correctamente? Existe una confusión común en Ecuador: creer que trabajar de noche equivale automáticamente a "hora extra". No es así.
En 2026, con el Salario Básico Unificado de $482, es vital distinguir entre la jornada nocturna (que tiene un recargo del 25%) y las horas extras (con recargos del 50% o del 100%). En esta guía desglosamos la diferencia, explicamos cómo calcular el valor hora y le ofrecemos una calculadora automática.
¿Qué es la Jornada Nocturna en Ecuador?
Según el Artículo 49 del Código de Trabajo, la jornada nocturna es aquella que se realiza entre las 19:00 (7:00 PM) y las 06:00 (6:00 AM) del día siguiente.
Lo más importante es que trabajar en este horario NO cuenta como hora extra si está dentro de las 8 horas diarias de contrato. Sin embargo, debido al desgaste biológico que conlleva, la ley obliga al empleador a pagar un recargo nocturno del 25% sobre el valor de la hora normal.
¿A partir de qué hora se paga el recargo nocturno en Ecuador?
El recargo nocturno se paga por cada hora trabajada a partir de las 19:00 (7 de la noche) y hasta las 06:00 (6 de la mañana) del día siguiente. No importa si el turno empieza temprano: solo las horas que caen dentro de esa franja generan el 25% adicional. Por ejemplo, en un turno de 16:00 a 24:00, las horas de 16:00 a 19:00 se pagan normales y las de 19:00 a 24:00 con recargo nocturno.
¿La jornada nocturna reduce las horas de trabajo?
No. A diferencia de otros países, en Ecuador la jornada nocturna mantiene las 8 horas diarias / 40 semanales; lo que cambia es el pago, no la duración. El trabajador cumple la misma jornada ordinaria, pero cada hora se remunera con el recargo del 25%. La jornada nocturna tampoco puede aplicarse a adolescentes ni, salvo excepciones, a mujeres embarazadas en condiciones de riesgo.
Diferencia Clave: Recargo vs. Hora Extra
Aquí es donde la mayoría de los trabajadores y empleadores cometen errores en la nómina. Usa esta tabla para diferenciarlos:
| Concepto | Recargo | ¿Cuándo aplica? |
|---|---|---|
| Recargo nocturno | + 25% | Trabajo entre 19:00 y 06:00, dentro de la jornada ordinaria |
| Hora suplementaria | + 50% | Trabajo fuera del horario (máximo 4 horas al día) |
| Hora extraordinaria | + 100% | Trabajo en días de descanso o feriados |
Nota importante: si la jornada supera las 8 horas y además es nocturna, el cálculo cambia. Para esos casos, revise nuestra guía completa de horas extras 2026.

Ejemplo de cálculo: jornada nocturna
Caso: guardia de seguridad con salario básico 2026 ($482) en turno de 22:00 a 06:00 (8 horas nocturnas).
| Paso | Fórmula | Resultado |
|---|---|---|
| 1. Valor de la hora normal | $482 ÷ 240 h | $2.01 |
| 2. Recargo nocturno (25%) | $2.01 × 0.25 | $0.50 |
| 3. Total por hora nocturna | $2.01 + $0.50 | $2.51 |
¿Cuánto vale la hora nocturna en 2026?
Para un trabajador con el Salario Básico Unificado de $482, el valor de la hora nocturna en 2026 se calcula sobre la hora normal de $2.01 ($482 ÷ 240 horas mensuales):
- Hora normal: $2.01
- Recargo nocturno (25%): $0.50
- Hora nocturna total: $2.51
Si el sueldo es superior al básico, el cálculo es el mismo cambiando el monto: divida el sueldo mensual para 240 y multiplique la hora resultante por 1.25. El recargo nocturno se calcula sobre la remuneración real, no sobre el básico, cuando el trabajador gana más.
¿El recargo nocturno cuenta para décimos y fondos de reserva?
Sí. El valor pagado por recargo nocturno forma parte de la remuneración y, por tanto, se incluye en la base de cálculo del décimo tercer sueldo, los fondos de reserva y los aportes al IESS. Omitirlo en el rol de pagos genera diferencias acumuladas que terminan en reclamos laborales con intereses.
Preguntas Frecuentes sobre el Recargo Nocturno
Si el trabajador labora el sábado de noche, ¿se paga el 25% o el 100%?
Si el sábado es su día de descanso obligatorio y se le hace trabajar, aplica el 100% de horas extraordinarias. El recargo del 25% queda absorbido por el pago mayor (no se suman como 125% salvo que el contrato colectivo lo estipule; la norma general es aplicar el recargo mayor).
¿Los guardias de seguridad cobran horas extras?
Sí, pero solo si exceden la jornada máxima legal. Debido a sus turnos rotativos, su sueldo base ya suele incluir el recargo nocturno. Es clave revisar el rol de pagos para verificar el desglose.
¿Desde qué hora empieza el recargo?
Estrictamente desde las 19:00 (7 de la noche). Si el turno termina a las 20:00, solo hay 1 hora con recargo nocturno y 7 horas normales.
¿El recargo nocturno aplica si el trabajador gana más del salario básico?
Sí. El recargo del 25% se calcula sobre la remuneración real, no sobre el básico. Si el trabajador gana más, su hora nocturna vale proporcionalmente más: divida el sueldo mensual para 240 y multiplique esa hora por 1.25.
¿Cómo se calcula la hora nocturna paso a paso?
Tres pasos: (1) obtenga el valor de la hora normal dividiendo el sueldo mensual para 240; (2) multiplique esa hora por 0.25 para hallar el recargo; (3) sume hora normal + recargo. Ese es el valor de cada hora trabajada entre las 19:00 y las 06:00.
Conclusión
El recargo nocturno es un derecho irrenunciable que compensa el esfuerzo de trabajar mientras otros duermen. No debe confundirse con el sobretiempo.
- Para calcular solo la jornada nocturna, use la calculadora de arriba.
- Si la jornada laboral se excedió, use nuestra calculadora de horas extras.
¿Su empresa aplica bien el recargo nocturno?
El recargo del 25 % sobre el trabajo nocturno es uno de los rubros que más se omite en la nómina. Lo revisamos junto con horas extras, décimos y aportes al IESS en una auditoría con evidencia.

