Esta guía forma parte de la Guía completa de medicina del trabajo en Ecuador 2026. Para completar la consulta, revise Dispensario médico de empresa y Vigilancia epidemiológica laboral.
Indice de contenidos
- Servicio Médico de Empresa
- ¿Qué es el servicio médico de empresa bajo el nuevo esquema SISAT?
- ¿Cuándo es obligatorio el servicio médico según el número de trabajadores?
- ¿Qué debe tener un SISAT o servicio de salud en el trabajo?
- ¿Cuáles son las funciones del médico de empresa?
- ¿Qué errores comunes ocurren al implementar el servicio médico?
- ¿Qué hace Tagline por usted?
- ¿Desde cuántos trabajadores es obligatorio el servicio médico de empresa?
- ¿Conviene un servicio médico en planta o uno externo?
- ¿Qué diferencia hay entre el servicio médico de empresa y un consultorio clínico?
- Servicio médico de empresa: qué contrata y qué recibe
- ¿Auditamos un servicio médico que la empresa ya tiene?
- Servicio propio, externo o mixto: cuál conviene según el tamaño
- Qué verificar antes de contratar un servicio médico
- ¿Qué pasa si el servicio no tiene permiso de funcionamiento?
- Dispensario médico, servicio médico de empresa y consultorio: qué nombre corresponde
- Guías de la operación médica en la empresa
- ¿Es obligatorio tener un dispensario médico dentro de la empresa?
El espacio físico donde se presta ese servicio, con su personal, permisos y la decisión de montarlo o contratarlo fuera, tiene guía propia: dispensario médico de empresa. Y una de sus funciones, la promoción de la salud, se planifica aparte.
Servicio Médico de Empresa
El servicio médico para empresas —servicio médico de empresa, servicio de medicina laboral o médico ocupacional de planta, según cómo lo busque— es el componente sanitario de la salud ocupacional: la unidad, interna o externalizada, que ejecuta la vigilancia de la salud de los trabajadores, las evaluaciones ocupacionales, la promoción y prevención, los primeros auxilios y el manejo confidencial de la historia clínica laboral. Tagline Soluciones Empresariales lo implementa con permisos de funcionamiento, profesionales habilitados por la autoridad sanitaria y trazabilidad documental conforme al Reglamento SISAT.
Con el Decreto Ejecutivo No. 255 y el Acuerdo MSP 00004-2026, el antiguo concepto de servicio médico de empresa debe leerse como parte de los Servicios Integrales de Salud en el Trabajo (SISAT). La obligación ya no se limita a tener un consultorio: exige categoría por número de trabajadores y riesgo, personal habilitado, registros, confidencialidad, indicadores y permiso de funcionamiento cuando corresponda.
¿Qué es el servicio médico de empresa bajo el nuevo esquema SISAT?
El servicio médico de empresa es hoy una expresión histórica para referirse al componente sanitario de la salud ocupacional. Bajo SISAT, debe entenderse como una unidad interna o externalizada que ejecuta promoción, prevención, vigilancia de la salud, evaluaciones ocupacionales, reintegro laboral, primeros auxilios, salud mental, expedientes confidenciales e indicadores de gestión.
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¿Cuándo es obligatorio el servicio médico según el número de trabajadores?
El Reglamento SISAT establece cinco categorías con distintos niveles de exigencia, en función del número de trabajadores y del nivel de riesgo:
- 1 a 24 trabajadores: si la actividad es de bajo riesgo puede aplicar la excepción del reglamento, sin dejar de obtener el certificado anual de salud en el trabajo y las evaluaciones que correspondan. Si es riesgo medio o alto, se implementan los componentes SISAT de la categoría de microempresa/pequeña empresa.
- 25 a 49 trabajadores: categoría de pequeña empresa, con componentes de orientación, análisis, capacitación, prevención, emergencias y registros según el reglamento.
- 50 a 99 trabajadores: categoría mediana tipo A, con mayor nivel de vigilancia y gestión de salud en el trabajo.
- 100 a 199 trabajadores: categoría mediana tipo B, con personal y actividades ampliadas.
- 200 trabajadores en adelante: gran empresa, con personal permanente y requisitos adicionales. A partir de mil (1000) trabajadores se requiere un médico con especialidad en Medicina del Trabajo.
¿Qué debe tener un SISAT o servicio de salud en el trabajo?
- Permiso de funcionamiento: emitido o controlado por la autoridad sanitaria a través de ACESS, según tipología y cartera de servicios.
- Profesionales habilitados: médico ocupacional, médico especialista, enfermería o psicología según categoría.
- Infraestructura y equipamiento: de acuerdo con la normativa sanitaria que se expida para establecimientos de salud en el trabajo.
- Plan Anual de Salud en el Trabajo: diagnóstico, matriz de riesgos, programas de salud laboral, salud general, salud mental y cronograma.
- Expedientes confidenciales: sistema físico o digital custodiado por profesionales de salud, separado del expediente laboral ordinario.
- Primeros auxilios y emergencias: equipos, medicamentos, dispositivos médicos y personal capacitado según riesgo y categoría.
¿Cuáles son las funciones del médico de empresa?
- Vigilancia de la salud: realizar exámenes preocupacionales, periódicos, de reintegro y de egreso según el profesiograma.
- Investigación de enfermedades profesionales: determinar la relación causal entre la patología y la exposición laboral.
- Asesoría al empleador: recomendar adaptaciones de puestos de trabajo, restricciones y reubicaciones por motivos de salud.
- Participación en el Comité de Seguridad: reportar indicadores de salud, proponer medidas preventivas y colaborar en la investigación de accidentes.
- Capacitación: formar a los trabajadores en prevención de riesgos para la salud específicos de su puesto.
- Coordinación con el IESS: gestionar la calificación de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo ante las Unidades Provinciales de Riesgos del Trabajo.
¿Qué errores comunes ocurren al implementar el servicio médico?
- Confundir el servicio médico con un consultorio clínico: el médico de empresa no realiza atención curativa general. Su rol es exclusivamente preventivo y ocupacional.
- No tramitar el permiso de funcionamiento: un dispensario sin habilitación del MSP y la ACESS carece de validez legal y expone a la empresa a sanciones.
- Contratar a un médico sin formación en salud ocupacional: un médico general sin especialización en salud ocupacional no cumple con los requisitos normativos.
- No conservar las historias clínicas por 20 años: destruir o extraviar estos registros equivale a perder la principal evidencia de defensa ante un litigio laboral.
- Externalizar sin supervisión: contratar un servicio médico externo no libera al empleador de la responsabilidad de verificar que se cumplan todos los requisitos normativos.
¿Qué hace Tagline por usted?
En Tagline Soluciones Empresariales implementamos y operamos el servicio médico ocupacional de su empresa conforme al Reglamento SISAT y al Decreto 255: definimos su categoría, dotamos al personal de salud habilitado, gestionamos el permiso de funcionamiento, estructuramos los expedientes confidenciales y dejamos la trazabilidad documental que exige una inspección. Conozca el servicio completo de salud ocupacional.
Adaptamos el servicio a la realidad de cada empresa con tres formatos:
- Médico de planta: un profesional dedicado a su empresa, con atención permanente en sitio.
- Visita periódica: el médico ocupacional acude en fechas programadas para el seguimiento de la vigilancia de la salud.
- Cumplimiento de parámetros: enfocado en requisitos específicos, como la gestión y custodia de las historias clínicas ocupacionales.
¿Desde cuántos trabajadores es obligatorio el servicio médico de empresa?
No hay un único umbral: el Reglamento SISAT define cinco categorías según el número de trabajadores y el nivel de riesgo. Incluso una empresa de 1 a 24 trabajadores de bajo riesgo, que puede aplicar la excepción, mantiene obligaciones de salud en el trabajo (certificado anual y evaluaciones). A partir de 1.000 trabajadores se exige un médico con especialidad en Medicina del Trabajo. Lo correcto es determinar su categoría antes de dimensionar el servicio.
¿Conviene un servicio médico en planta o uno externo?
Depende de su categoría SISAT, su nivel de riesgo y su operación. El médico en planta da presencia permanente y es habitual en empresas grandes o de alto riesgo; la visita periódica y el servicio externo cubren bien a empresas medianas y pequeñas que necesitan vigilancia de la salud sin un profesional a tiempo completo. En ambos casos la responsabilidad de cumplir sigue siendo del empleador: externalizar no la transfiere.
¿Qué diferencia hay entre el servicio médico de empresa y un consultorio clínico?
El servicio médico ocupacional es preventivo y dirigido al trabajo: vigila la salud frente a los riesgos del puesto, no brinda atención curativa general. Por eso requiere un médico con formación en salud ocupacional, un profesiograma y expedientes confidenciales separados del expediente laboral, no simplemente un consultorio que atiende dolencias.
Dos referencias de mercado para dimensionar el servicio: accidentabilidad laboral en Ecuador y ausentismo laboral por motivos de salud.
Servicio médico de empresa: qué contrata y qué recibe
Nota para quien busca «SISAT»: el SISAT es el sistema del MSP donde se registra la información de salud en el trabajo — está explicado en la ficha del Acuerdo Ministerial MSP 00004-2026. Esta página es el servicio con el que su empresa cumple esa obligación. Alcance:
| Qué incluye | Qué NO incluye |
|---|---|
| Médico ocupacional con registro vigente, en la dedicación horaria que exige su nómina | Atención curativa general ni consultorio para dolencias comunes |
| Profesiograma, vigilancia de la salud y expedientes médicos confidenciales | Mezclar el expediente médico con el expediente laboral |
| Registro de la información en el sistema que exige la autoridad sanitaria | La obtención del permiso de funcionamiento del local, que es trámite del establecimiento |
| Auditoría del servicio médico que ya tiene, con plan de cierre de brechas | Equipamiento e infraestructura del consultorio |
¿Auditamos un servicio médico que la empresa ya tiene?
Sí. Si su empresa ya cuenta con un servicio médico —propio o tercerizado— realizamos una auditoría de servicios médicos ocupacionales: revisamos la categoría SISAT que le corresponde, el personal habilitado, los permisos ACESS, la calidad de la FEMO y los profesiogramas, los exámenes por etapa y los indicadores. El resultado es un informe con las brechas frente al Decreto 255 y un plan para cerrarlas antes de una inspección del MDT. Es la opción para quien ya tiene un proveedor pero no sabe si cumple.
Servicio propio, externo o mixto: cuál conviene según el tamaño
La obligación de vigilar la salud no dice cómo debe organizarse el servicio, y ahí la empresa tiene una decisión de costo y de control que conviene tomar con criterio y no por inercia.
| Modalidad | Cuándo conviene | Ventaja | Riesgo |
|---|---|---|---|
| Servicio propio | Plantilla grande, riesgo alto o varios turnos | Disponibilidad inmediata y conocimiento del proceso | Costo fijo y exigencias de habilitación del establecimiento |
| Servicio externo | Plantilla pequeña o mediana con riesgo bajo o medio | Costo variable y sin infraestructura propia | El proveedor no conoce los puestos si nadie lo lleva a planta |
| Mixto | Operación con sedes o con picos estacionales | Presencia médica programada y exámenes tercerizados | Exige coordinación clara de quién custodia el expediente |
El riesgo de la segunda fila es el más común y el más caro: un proveedor externo que nunca recorrió la planta aplica la misma batería de exámenes a todos los puestos, y esa uniformidad —visible en cualquier revisión— delata que la vigilancia no se está dirigiendo al riesgo real. Sea cual sea la modalidad, el punto de partida es el mismo: el profesiograma de cada puesto.
Qué verificar antes de contratar un servicio médico
- Permiso de funcionamiento y habilitación del establecimiento ante la autoridad sanitaria: sin eso, los informes pierden respaldo.
- Perfil del médico ocupacional: formación en salud ocupacional, no solo medicina general.
- Custodia del expediente de salud: quién lo conserva, en qué condiciones y cómo se entrega si cambia el proveedor.
- Alcance real del paquete: qué exámenes incluye y cuáles se facturan aparte.
- Entregables: FEMO, certificado de aptitud con restricciones y un informe agregado por área, que es lo que permite gestionar.
- Reserva de la información clínica: al empleador le corresponde el resultado de aptitud, nunca el diagnóstico.
El punto de la custodia es el que se descubre tarde y duele: cuando una empresa cambia de proveedor y descubre que no puede recuperar las historias clínicas ocupacionales de años anteriores, pierde la línea base de salud de toda su plantilla, que es justamente lo que necesitaría si aparece un reclamo por enfermedad profesional. Conviene dejarlo escrito en el contrato desde el primer día.
¿Qué pasa si el servicio no tiene permiso de funcionamiento?
Un dispensario o servicio de salud en el trabajo que opera sin la habilitación de la autoridad sanitaria (ACESS/MSP) cuando le corresponde carece de validez y expone a la empresa a sanciones. El permiso es uno de los primeros puntos que verificamos al diagnosticar su cumplimiento frente al Decreto 255 y el esquema SISAT.
Actualice su servicio médico al esquema SISAT
Revisamos su categoría SISAT, el personal de salud, el permiso de funcionamiento y la trazabilidad documental frente al Decreto 255. Reciba un diagnóstico de cumplimiento.
Si está definiendo la remuneración del personal de salud que va a contratar, la referencia pública más sólida es la nómina del Ministerio de Salud: mediana y rango por cargo sanitario en nuestra ficha de sueldos de médicos y enfermeras en la salud pública.
Dispensario médico, servicio médico de empresa y consultorio: qué nombre corresponde
«Dispensario médico» es el nombre con el que la mayoría de las empresas ecuatorianas sigue buscando esto, y conviene ordenar los tres términos porque no significan lo mismo y el que importa para el cumplimiento es el tercero:
| Cómo se le llama | Qué es en realidad | Para qué sirve ante la autoridad |
|---|---|---|
| Dispensario médico | Nombre tradicional del espacio físico dentro de la planta donde se atiende al trabajador | Por sí solo, nada: un espacio no acredita el servicio |
| Consultorio o clínica externa | Prestador de salud que atiende pacientes, incluidos trabajadores de su empresa | Atiende, pero no ejecuta el programa de salud en el trabajo de la empresa |
| Servicio médico de empresa | El servicio de salud en el trabajo con su personal, su programa y su registro | Es lo que se acredita, lo que se registra y lo que se revisa en inspección |
Dicho de otro modo: se puede tener un dispensario impecable —camilla, botiquín, sala de curaciones— y seguir incumpliendo, porque lo que se exige no es el cuarto sino el servicio: profesional de salud responsable, programa anual, exámenes por riesgo, historia clínica ocupacional y registro. Y al revés, un servicio bien montado necesita un espacio adecuado, pero el espacio es el medio y no el fin. Lo que cada tamaño de empresa debe tener está en las secciones anteriores de esta página; el diseño del espacio y su permiso, en permiso de funcionamiento cuando corresponda.
Guías de la operación médica en la empresa
El servicio médico produce documentos, programas y respuesta ante emergencia. Estas guías explican cada frente:
- Certificado de salud ocupacional — el documento que el servicio emite y respalda.
- FEMO: formato y llenado — la ficha con la que se registra cada atención ocupacional.
- Profesiograma laboral — lo que define la carga de trabajo médico por puesto y por riesgo.
- Vigilancia epidemiológica laboral — el programa que el servicio médico dirige y reporta al SUT.
- Enfermedades profesionales y su calificación — el proceso en el que el servicio aporta la historia clínica ocupacional.
- Riesgo cardiovascular en trabajadores — el tamizaje que se resuelve dentro del propio servicio.
- RCP en la empresa — la respuesta a la emergencia médica y el rol del personal de salud.
- Primeros auxilios en la empresa — botiquín, protocolos y coordinación con la brigada.
- Ausentismo laboral: cómo se calcula — el indicador con el que el servicio demuestra su impacto.
¿Es obligatorio tener un dispensario médico dentro de la empresa?
Lo obligatorio es el servicio de salud en el trabajo según el número de trabajadores y el nivel de riesgo, no un cuarto con ese nombre. Empresas que no llegan al umbral de servicio propio cumplen con un servicio externo o mixto, y en ese caso el espacio físico dentro de la planta es el de primeros auxilios, no un dispensario. Confundir las dos cosas lleva a los dos errores caros de siempre: invertir en instalar un consultorio que no hacía falta, o creer que por tenerlo ya se cumple.

